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Inclusión: uno de los rostros de la misericordia, A propósito de la Declaración Fiducia Supplicans

Son muchos los pasajes de los Evangelios que podrían servirnos de punto de partida a este breve comentario de carácter personal como reacción a la lectura de la reciente declaración de la Congregación para la Doctrina de la fe Fiducia Supplicans, (diciembre de 2023),  me gustaría recordar al menos dos: el encuentro entre Juan el Bautista y los que conmovidos por su vehemente llamado a la conversión se acercan al profeta a preguntarle “Y nosotros qué debemos hacer…” (Lc 3, 10-14) y la Curación del Siervo del Centurión, relato que con pequeñas modulaciones se encuentra en los Evangelios sinópticos (Mt 8, 5-13, Lc 7, 1-10) y luego parece ser la inspiración del relato de la Curación del Hijo del Funcionario Real en el cuarto Evangelio (Jn 4, 46-54).

En el primero de estos relatos, los protagonistas son aquellos que se saben necesitados de auxilio y confían en la misericordia de Dios, quienes sin temer la iracundia de Juan, se acerca; no son los escribas ni los fariseos, que creen ya saber qué hacer para salvarse, conocen y respetan puntillosamente la letra de la ley, sino aquellos a los que los intérpretes oficiales de la Ley condenaban a la exclusión: los pobres, la muchedumbre anónima, los pecadores, representados por los publicanos, y los ignorantes, representados por los soldados romanos.

Son éstos los que buscan de buena voluntad una orientación, desde la conciencia de que solo en el Señor pueden encontrar la salvación, y se encuentran con la acogida de un Dios que por boca del profeta no les exige lo imposible, sino que, asumiendo su situación, los invita a dar pasos en el camino de la justicia y del seguimiento de los criterios de aquella plenitud que poco después anunciará el Señor llamándola: Reino de Dios. 

En el segundo de los relatos, la situación vital del centurión y de su servidor, ambos paganos, cuya incomodidad para ser relatada por los evangelistas queda evidenciada por las variaciones acerca de la identidad del enfermo, no será obstáculo para que la acción incontenible de la entrañable compasión de Jesús, borre las fronteras culturales y religiosas y entre en esa casa, dejándonos como herencia el elogio de la fe del pagano que busca la ayuda del Señor y sus palabras que pronunciamos con reverente fervor cada vez que nos acercamos a recibir la comunión: “Señor, no soy digno de que entres en mi casa…”

Es este ánimo de anuncio de la profunda misericordia del Señor y de su afán de hacer todo cuanto está de su parte para salir al encuentro de la humanidad entera en toda la compleja trama de su vida y de sus circunstancias, y de abrir los brazos para cobijar a todos los que con humildad quieren sentirse acogidos por el Dios anunciado ya antes de Jesús por los profetas: Padre con entrañas maternas (Is 49, 14-16) y de una Iglesia llamada a ser Madre Amorosa, el que se asoma con valentía y claridad en la declaración Fiducia Supplicans: la suplicante confianza del Pueblo de Dios, que más allá de cuál sea la condición de vida en la que se encuentre, busca con fe el auxilio del Señor en el seno de su Iglesia.

No se trata de una declaración que venga a modificar la doctrina sobre el Sacramento del Matrimonio, la declaración es extremadamente clara en este aspecto, el Depósito de la Fe, del cual el Magisterio de la Iglesia es custodio, permanece intacto; en ese punto la declaración es inequívoca: bendecir a las parejas en situación matrimonial irregular (casados en una segunda unión, divorciados por la ley civil, personas que conviven sin el sacramento, etc.) y a las personas que se encuentren en uniones homosexuales, no significa equiparar la diversidad de formas de convivencia humana al matrimonio sacramental haciendo tabula rasa sobre la tradición de la Iglesia, sobre la definición dogmática del matrimonio, y sobre la práctica litúrgica; y por eso distingue y separa la bendición que se da en un contexto litúrgico sacramental, de todas aquellas bendiciones que se invocan tanto sobre personas como sobre objetos y que son parte de la riqueza de la fe y de la Espiritualidad Popular, como ha querido llamarla el Santo Padre, el Papa Francisco en documentos magisteriales anteriores.

 

Es este género de bendición el que no se puede negar a quien de buena fe la solicite.

 

Es de este despliegue del amor desbordante de Dios que alcanza a todo aquel que lo busca del que está hablando esta nueva declaración de la Congregación para la Doctrina de la Fe, que, permaneciendo rigurosamente fiel a la enseñanza moral de la Iglesia, no obstante entrega una orientación, que corre por el cauce pastoral de la acogida y de la apertura empática ante el misterio de la condición humana, para que mediante gestos de apertura de parte de los pastores y de las comunidades, la buena noticia de que la amplitud del abrazo del Padre alcanza a la humanidad entera, sin exclusiones.

Pbro. Raúl Moris G. Encargado Diocesano de Formación y ABP    

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